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APRUEBA CABILDO DE CUERNAVACA, NUEVA CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE LA AYUDANTÍA MUNICIPAL DE AHUATEPEC EL PRÓXIMO 28 DE ABRIL….

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Derivado de lo ordenado en la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) en autos del juicio ciudadano TEEM/JDC/47/2023-2 y su acumulado TEEM/JDC/50/2023- 2, integrantes del Cabildo de Cuernavaca autorizaron este miércoles la emisión de la convocatoria para la elección extraordinaria de las autoridades auxiliares del poblado de Ahuatepec que se realizará el domingo 28 de abril del presente año bajo los términos y condiciones que establece la Ley Electoral y los usos y costumbres de la comunidad.

La Junta Electoral Municipal integrada por la síndica municipal en funciones de presidenta municipal de Cuernavaca, del regidor de la primera minoría del Cabildo y de un representante del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC), será la encargada de organizar y desarrollar los comicios, velando en conjunto por el respeto irrestricto de imparcialidad, legalidad y transparencia en este proceso democrático.

El registro de candidaturas será del lunes 15 al miércoles 17 de abril en un horario de 09:00 a 14:00 horas en la sede Papagayo del Ayuntamiento de Cuernavaca en calle Motolinía No. 2 antes No. 13, esquina Nezahualcóyotl, colonia Centro; por cada aspirante que se registre para el cargo de titular de la Ayudantía Municipal deberá registrarse una suplencia.

La convocatoria será publicada en las redes sociales y página oficial del Municipio de Cuernavaca, en medios de difusión, así como por perifoneo al interior del poblado como lo mandata la resolución del TEEM en pleno respeto a sus usos y costumbres, la cual será emitida en español y náhuatl, a fin de que toda la comunidad tenga conocimiento sobre ella y puedan participar. 

En otros temas, en esta sesión ordinaria de Cabildo se hizo la presentación también del oficio suscrito por la regidora Patricia Lucia Torres Rosales, quien solicitó licencia determinada para separarse del cargo hasta por 54 días sin goce de sueldo, esto a partir del 10 de abril al 02 de junio, para participar en el proceso electoral local, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 171 fracción II, 172 BIS y 173 de la Ley Orgánica Municipal del Estado.